La Confederación Española del Transporte de Mercancías publica una noticia donde especifica las obligaciones que deben cumplir los empresarios para poder trabajar en Francia.

 Ha sido creada a partir de las dudas planteadas por los conductores sobre la obligación de superar el salario mínimo reglado en Francia. Existe mucha incertidumbre respecto a la regulación del transporte en el país vecino, principalmente sobre los requisitos de las autoridades francesas en el sector del derecho laboral, y más concretamente, dentro del sector del transporte y normativa de desplazamiento.

Según han declarado la autoridad francesa, no existe ningún requerimiento en cuanto llevar en el vehículo el formulario A1, únicamente los documentos dispuestos en el artículo R133-1 del Código de Francia.

Según las fuentes, esta imposición no tiene origen en los códigos de transporte, en cambio proviene de las particulares regulaciones de la SS del país, y se puede aplicar a todos los empleados desplazados además de los asalariados. Así qué las declaraciones del artículo L114-15-1 se aplican indistintamente de la normativa sobre los empleados trasladados en el transporte.

Ésta medida entró en vigor en fecha 1 de Abril de 2017, y se muestra en la Ley de Financiación de la SS en el país Francés, para fortalecer el deber de atención de los contratantes de estos servicios asentados en Francia, en referencia a los trabajadores que realicen alguna ocupación asalariada o no en Francia, y que estén en la legislación de SS de otro país.

La penalización no se aplicará si se muestra durante la comprobación, un recibo que demuestre que se ha presentado la solicitud necesaria para recibir el formulario, si es que se ha solicitado pero aún no se lo han entregado. A partir de la fecha del control, se disponen de dos meses de plazo para presentarlo.

Ésta medida se aplicará tanto para los conductores autónomos como los contratados en todos los servicios de transporte que se consideren como desplazados a Francia.